Page 64 - PACTO DE CONVIVENCIA 2024
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se cumplen los compromisos. El Acta debe quedar firmada por el estudiante, sus padres, el
                   director de curso y el coordinador (a), quien adelantó el proceso sancionatorio.
                3.  Reflexión Fuera del Aula. Esta estrategia hace referencia a un espacio dentro de la Institución
                   Educativa, durante el cual, se invita al estudiante a analizar su comportamiento y el principio
                   o valor infringido, con el fin de que el mismo, pueda comprender las implicaciones de lo
                   sucedido, las consecuencias de ello y responsabilidades que le asisten como actor de dicho
                   comportamiento.
                4.  Reparación o pago del daño ocasionado a muebles o enseres, acompañado de un trabajo o
                   actividad formativa que sea consecuente con la falta cometida.
                5.  Presentar excusa y resarcir los efectos del comportamiento a las personas afectadas.
                6.  Realizar acciones o actividades encaminadas a reparar a las personas o a las instituciones que
                   hayan sido víctimas del comportamiento o la falta cometida.
                7.  Asumir las consecuencias lógicas de la acción realizada, debiendo los padres de familia o el
                   acudiente, asumir la responsabilidad jurídica y civil a la que haya lugar por la comisión de una
                   falta grave.
                8.  No  recibir estímulos contemplados en el  presente Pacto de Convivencia a  los  que tenga
                   derecho como consecuencia de la falta cometida.




               2.3 Faltas muy graves:

               Son  aquellas  que  atentan  directamente  contra  los  derechos  básicos,  la  integridad  física,
               psicológica o moral de las personas o los principios educativos de la institución y que en muchos
               casos están tipificadas como delitos por la justicia penal. Este tipo de acciones son consideradas
               generalmente delitos que ponen en riesgo la vida, la integridad física y los bienes materiales de
               tal manera que pueden causar daños, en muchos casos irreparables o irreversibles.

                   a.  Desacato a la Constitución y a las Leyes de Colombia, al Pacto de Convivencia y a  las
                      directrices y orientaciones dadas por las distintas instancias del Plantel.
                   b.  Cometer cualquier infracción o delito tipificado por las leyes colombianas.
                   c.  La reincidencia en cualquiera de las situaciones consideradas como Situaciones Tipo II.
                   d.  Agresión  física,  verbal  y/o  psicológica  contra  cualquier  persona,  pertenezca  o  no  a  la
                      comunidad educativa, generando algún tipo de incapacidad.
                   e.  Todo  tipo  de  violencia  o  cualquier  forma  de  maltrato  psicológico,  verbal,  físico  o  por
                      medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o
                      varios  de  sus  pares  con  quienes  mantiene  una  relación  de  poder  asimétrica,  que  se
                      presenta de forma reiterada. También puede ocurrir por parte de docentes, directivos o
                      personal administrativo contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes,
                      ante la indiferencia o complicidad de su entorno.
                   f.  Toda forma reiterada de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información
                      (Internet,  redes  sociales  virtuales,  telefonía  móvil  y  video  juegos  online)  para  ejercer
                      maltrato psicológico. Ciberacoso escolar o ciberbullying.
                   g.  Cualquier  acto  o  comportamiento  de  tipo  sexual  ejercido  sobre  un  niño,  niña  o
                      adolescente,  utilizando  la  fuerza  o  cualquier  forma  de  coerción  física,  psicológica  o
                      emocional, aprovechando las condiciones de indefensión de desigualdad y las relaciones
                      de  poder  existentes  entre  víctima  y  agresor  de  cualquier  miembro  de  la  comunidad
                      educativa.
                   h.  Protagonizar y/o promover peleas dentro y/o fuera de la institución.
                   i.  Cualquier falta de honradez y/o complicidad en actos contra la misma.
                   j.  Asistir  a  la  institución  en  estado  de  embriaguez  o  habiendo  ingerido  sustancias
                      consideradas psicoactivas que alteren la integridad física y psicológica de sí mismo y de
                      los demás.
                   k.  Ser  encontrado  en  estado  de  embriaguez,  tenencia  y/o  consumo  de  sustancias
                      psicoactivas.
                   l.  Hurto o malversación de fondos que pertenezcan a los compañeros de curso o actividades
                      institucionales, tales como: venta de bonos, pensión escolar.
                   m.  Portar o consumir cigarrillos, bebidas alcohólicas o similares dentro de la institución.
                   n.  Portar,  consumir  o  distribuir  estupefacientes  tipificados  por  la  ley  Colombiana  como
                      productos volátiles utilizados en la industria, sustancias psicotrópicas o psicoactivas en
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