Page 61 - PACTO DE CONVIVENCIA 2024
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xx. Hacer mal uso de los materiales de sus compañeros.
Debido Proceso para Faltas Leves. El siguiente es el debido proceso para las faltas leves:
1. Las faltas leves serán tratadas inicialmente por el educador que esté con el estudiante, cuando
se dé su ocurrencia. Estas faltas deben ser reportadas diligenciando el formato estipulado
para ello o directamente en el Observador del Estudiante. En dicho formato, el estudiante
tendrá la posibilidad de escribir su compromiso de cambio o controvertir lo sucedido.
2. Si la falta leve amerita la intervención de algún coordinador de la Institución, éste tendrá un
diálogo reflexivo con el estudiante, sobre la falta cometida y dependiendo de ésta,
determinará, si es suficiente con el compromiso escrito o se debe adelantar otra acción
formativa o imponer una sanción.
3. En casos de reiteración de la misma falta leve o la ocurrencia de otra falta leve cometida por
el mismo estudiante, éstas serán tratadas por el coordinador de convivencia, quién dialogará
con el estudiante revisando los compromisos anteriores, buscando establecer acuerdos que
generen un cambio en su comportamiento.
4. Si aplicado todo el proceso anterior, el comportamiento con faltas leves se mantiene y el
estudiante reincide en nuevas faltas leves, la situación debe ser abordada directamente por
la instancia de autoridad siguiente (Comité de Convivencia Escolar).
5. Habiendo cumplido con los pasos 1, 2 o 3, se podrá imponer al estudiante a quién se le
compruebe la comisión de una falta leve, algunas de las estrategias contempladas en este
Pacto para tales tipos de faltas, siempre encaminadas a que los estudiantes asuman las
consecuencias y la responsabilidad por sus comportamientos.
6. Las faltas leves deben ser resueltas dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en
que se inicia el proceso (aunque se recomienda resolverlas en forma inmediata).
Parágrafo: Las decisiones tomadas por el educador o por la coordinación de convivencia, podrán
ser apeladas en segunda instancia contemplada en el conducto regular establecido en este Pacto.
Estrategias Formativas para Faltas Leves. Cuando se dé la ocurrencia de una falta leve, se podrá
aplicar alguna de las siguientes estrategias formativas:
1. Reparación o acciones conducentes a implementar acciones propias de la justicia restaurativa,
que permitan que los implicados en las mismas, experimentar que se ha reparado el daño
causado, que los responsables asumen las consecuencias de sus actos, que se garantiza la no
repetición, que se privilegian las acciones formativas.
2. Reflexión personal. Se debe realizar un diálogo con el estudiante implicado, que conlleve a
hacer un análisis del comportamiento de quién ha infringido un principio o valor formativo y
sus consecuencias a nivel personal o colectivo.
3. Asignar la elaboración de trabajos, campañas formativas y actividades educativas referentes
al tema o asunto sobre el cual se ha cometido la falta.
4. Presentarse a la Institución en un horario extra-clase y realizar actividades reparadoras
acordes con la falta cometida.
5. Reparar objetos que tengan que ver con la comisión de la falta que se está sancionando.
6. Retener artículos que afecten el normal desempeño de los estudiantes en sus actividades
académicas o formativas.
7. Reponer el tiempo perdido de una clase en una programación especial en horario extra (se
avisará a la familia mínimo con un día de anterioridad).
8. Hacer reflexiones orales o escritas sobre los comportamientos o conductas realizados, que se
expondrán a los compañeros, en un espacio de formación.
9. Suscripción de un documento de compromiso en donde el estudiante consigne su
compromiso de cumplimiento de las normas propias del Pacto de Convivencia del Colegio.
Parágrafo 1: todo docente Emilista cuenta con las estrategias necesarias para realizar el debido
procedimiento ante las faltas leves que se presenten en la institución.
Parágrafo 2: todo profesor tiene un compromiso formativo con la totalidad de los estudiantes.
Por lo tanto, es responsable de aplicar la amonestación en el marco del presente pacto de
convivencia. Independientemente que sea de primaria o bachillerato. En caso de aplicarla debe
informar al director de grupo y a la coordinación.
2.2 Faltas graves: