Page 61 - PACTO DE CONVIVENCIA 2024
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xx. Hacer mal uso de los materiales de sus compañeros.

                Debido Proceso para Faltas Leves. El siguiente es el debido proceso para las faltas leves:

               1.  Las faltas leves serán tratadas inicialmente por el educador que esté con el estudiante, cuando
                   se dé su ocurrencia. Estas faltas deben ser reportadas diligenciando el formato estipulado
                   para ello o directamente en el Observador del Estudiante. En dicho formato, el estudiante
                   tendrá la posibilidad de escribir su compromiso de cambio o controvertir lo sucedido.
               2.  Si la falta leve amerita la intervención de algún coordinador de la Institución, éste tendrá un
                   diálogo  reflexivo  con  el  estudiante,  sobre  la  falta  cometida  y  dependiendo  de  ésta,
                   determinará,  si  es  suficiente  con  el  compromiso  escrito  o  se  debe  adelantar  otra  acción
                   formativa o imponer una sanción.
               3.  En casos de reiteración de la misma falta leve o la ocurrencia de otra falta leve cometida por
                   el mismo estudiante, éstas serán tratadas por el coordinador de convivencia, quién dialogará
                   con el estudiante revisando los compromisos anteriores, buscando establecer acuerdos que
                   generen un cambio en su comportamiento.
               4.  Si aplicado todo el proceso anterior, el comportamiento con faltas leves se mantiene y el
                   estudiante reincide en nuevas faltas leves, la situación debe ser abordada directamente por
                   la instancia de autoridad siguiente (Comité de Convivencia Escolar).
               5.  Habiendo cumplido con los pasos 1,  2  o 3, se  podrá  imponer al estudiante a  quién se le
                   compruebe la comisión de una falta leve, algunas de las estrategias contempladas en este
                   Pacto  para  tales  tipos  de  faltas,  siempre  encaminadas  a  que  los  estudiantes  asuman  las
                   consecuencias y la responsabilidad por sus comportamientos.
               6.  Las faltas leves deben ser resueltas dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en
                   que se inicia el proceso (aunque se recomienda resolverlas en forma inmediata).

               Parágrafo: Las decisiones tomadas por el educador o por la coordinación de convivencia, podrán
               ser apeladas en segunda instancia contemplada en el conducto regular establecido en este Pacto.
               Estrategias Formativas para Faltas Leves. Cuando se dé la ocurrencia de una falta leve, se podrá
               aplicar alguna de las siguientes estrategias formativas:

               1.  Reparación o acciones conducentes a implementar acciones propias de la justicia restaurativa,
                   que permitan que los implicados en las mismas, experimentar que se ha reparado el daño
                   causado, que los responsables asumen las consecuencias de sus actos, que se garantiza la no
                   repetición, que se privilegian las acciones formativas.
               2.  Reflexión personal. Se debe realizar un diálogo con el estudiante implicado, que conlleve a
                   hacer un análisis del comportamiento de quién ha infringido un principio o valor formativo y
                   sus consecuencias a nivel personal o colectivo.
               3.  Asignar la elaboración de trabajos, campañas formativas y actividades educativas referentes
                   al tema o asunto sobre el cual se ha cometido la falta.
               4.  Presentarse  a  la  Institución  en  un  horario  extra-clase  y  realizar  actividades  reparadoras
                   acordes con la falta cometida.
               5.  Reparar objetos que tengan que ver con la comisión de la falta que se está sancionando.
               6.  Retener artículos que afecten el normal desempeño de los estudiantes en sus actividades
                   académicas o formativas.
               7.  Reponer el tiempo perdido de una clase en una programación especial en horario extra (se
                   avisará a la familia mínimo con un día de anterioridad).
               8.  Hacer reflexiones orales o escritas sobre los comportamientos o conductas realizados, que se
                   expondrán a los compañeros, en un espacio de formación.
               9.  Suscripción  de  un  documento  de  compromiso  en  donde  el  estudiante  consigne  su
                   compromiso de cumplimiento de las normas propias del Pacto de Convivencia del Colegio.



               Parágrafo 1: todo docente Emilista cuenta con las estrategias necesarias para realizar el debido
               procedimiento ante las faltas leves que se presenten en la institución.

               Parágrafo 2: todo profesor tiene un compromiso formativo con la totalidad de los estudiantes.
               Por  lo  tanto,  es  responsable  de  aplicar  la  amonestación  en  el  marco  del  presente  pacto  de
               convivencia.  Independientemente que sea de primaria o bachillerato. En caso de aplicarla debe
               informar al director de grupo y a la coordinación.

               2.2 Faltas graves:
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