Page 66 - PACTO DE CONVIVENCIA 2024
P. 66

8.  El  rector  entrega  al  Coordinador  de  convivencia  acta  de  reunión  y  acciones  correctivas
                   definidas para que estas sean archivadas en la carpeta del estudiante y de esta manera, pueda
                   hacer el seguimiento a la sanción impuesta, en caso de ser esto pertinente.
               9.  Si los padres de familia o el estudiante o ambos, interponen alguno de los recursos a los que
                   haya lugar, quienes sean la instancia competente, las atenderá debidamente y las resolverá.
               Estrategias Formativas para Faltas Muy Graves. Cuando se dé la ocurrencia de una falta muy
               grave, se podrá aplicar alguna de las siguientes estrategias formativas, según sea el caso:

               1.  Firmar una Matrícula en Observación para ser cumplida, según los criterios del colegio. Esta
                   se firma cuando se considere que la falta permite una última oportunidad, sin deteriorar en
                   el estudiante el sentido de la norma ni convertirse en un mensaje nocivo para la comunidad.
                   El incumplimiento de alguna de las cláusulas del compromiso será motivo para considerar el
                   cambio  de  ambiente  educativo.  La  matrícula  en  observación  tendrá  las  consecuencias
                   enumeradas en las faltas graves.
               2.  Trabajo  con  un  profesional  experto  y  externo  a  la  institución  (psicólogo,  psiquiatra,
                   terapeuta), en compañía de sus padres. De este trabajo debe haber informe de valoración y
                   de evolución por escrito a la Institución.
               3.  Reparación o pago del daño ocasionado a muebles o enseres, acompañado de un trabajo o
                   actividad formativa, que sea consecuente con la falta cometida.
               4.  No renovación de matrícula. Esta decisión se notificará por escrito a sus padres o acudientes.
               5.  La no proclamación en el acto protocolario de graduación. Esta es aplicable a los estudiantes
                   de quinto y undécimo. El diploma se entregará en la secretaría académica de la Institución.
               6.  Cancelación de la matrícula.
               7.  La matrícula en observación implica:

                .     Impide al estudiante a representar a la Institución en actividades fuera del plantel, con
               excepción de actividades deportivas.
               a.     No podrá ejercer cargos de representación estudiantil.
               b.     Impide que el estudiante sea postulado a reconocimientos durante el tiempo de vigencia
               de esta.
               c.     Impide  que  el  estudiante  sea  postulado  a  becas  universitarias,  nacionales  o
               internacionales.
               Parágrafo: En caso de que el estudiante haya incurrido en delitos sancionados por la ley penal, el
               representante  legal  de  la  institución  hará  la  correspondiente  denuncia  ante  las  autoridades
               competentes. En estos casos los padres o el acudiente asumirán las responsabilidades jurídicas y
               civiles a las que haya lugar, como parte de la restauración que se debe hacer por la falta cometida.

               CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES Y AGRAVANTES DE LAS FALTAS COMETIDAS POR
                                                    LOS ESTUDIANTES

               Circunstancias Atenuantes. Las siguientes circunstancias son atenuantes de una falta cometida
               por  un  estudiante  y,  en  consecuencia,  permiten  aplicar,  más  benévolamente  la  estrategia
               formativa o sanción:
               1.  El buen comportamiento del estudiante en su historia escolar.
               2.  La confesión voluntaria, cuando en la Institución no se tiene aún conocimiento de la falta.
               3.  El haber sido instrumentalizado para cometer la falta.
               4.  El haber actuado por defender sus derechos personales o comunitarios.
               5.  El  poco  efecto  que  su  conducta  produzca  en  el  estudiante  que  la  realiza  y  en  los  demás
                   miembros de la Comunidad Educativa.
               6.  El proceso de superación de las faltas anteriores.
               Parágrafo:  Las  anteriores  circunstancias  atenuantes  deberán  ser  probadas  e  incluidas  en  el
               proceso que se siga por comisión de la falta en cuestión.
               Circunstancias Agravantes. Las siguientes circunstancias podrán hacer más grave la estrategia
               formativa o sanción:

               1.  El haber mentido en forma oral o escrita en los descargos para justificar la falta o evitar sus
                   consecuencias.
               2.  El haber sido sancionado con anterioridad por faltas a los compromisos y deberes estipulados
                   en el Pacto de Convivencia.
               3.  La premeditación de la falta (planeada con anterioridad).
   61   62   63   64   65   66   67   68   69   70   71