Page 44 - PACTO DE CONVIVENCIA 2024
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realidad la formación integral, y en últimas, al logro de las metas educativas que la institución
se ha fijado.
Conductas Disruptivas no Intimidatorias. Son todos aquellos comportamientos, conductas y
actuaciones, que se dan en el ámbito escolar, que interrumpen el normal desarrollo de las
actividades formativas.
1. Indisciplina: Desórdenes en la vida de las aulas, que generalmente están asociados con el
incumplimiento de tareas, el irrespeto a la autoridad del educador y otras formas de
comportamiento inadecuado. Pueden ser también acciones de “baja intensidad” que
interrumpen el ritmo de las clases. Los protagonistas son estudiantes molestos que, con sus
comentarios, risas, juegos, etc., impiden o dificultan la actividad educativa.
2. Desobediencia: Acción de los estudiantes de no seguir las instrucciones u órdenes de los
educadores, de tal manera que generan controversia o conflictos de baja intensidad entre los
estudiantes y los educadores o entre los mismos estudiantes.
3. Faltas de Cortesía: Conducta que consiste en no observar las normas mínimas de cortesía,
generalmente en el aula de clase, como no saludar, emplear un lenguaje soez, interrumpir a
los demás cuando están hablando, realizar comportamientos inadecuados en presencia de
otros y que se refieran a las normas de cortesía, que se deben observar en los grupos sociales.
4. Conflictos de Baja Intensidad: Comportamientos que consisten en pelear con los
compañeros, agredirlos o contrariar sus decisiones y acciones, sin que los mismos alcancen
niveles graves o intensos.
5. Faltas a las Normas Básicas de Comportamiento: Consiste en la realización de acciones como
llegar tarde a clase, salirse del salón sin autorización del educador presente, tirar los útiles
propios o de sus compañeros al piso, tirar basura al piso, comer goma de mascar, o cualquier
otra acción que interrumpa la actividad educativa, sin que sea grave o afecte sensiblemente
a los compañeros.
Conductas Intimidatorias. Son conductas intimidatorias, entre otras, las siguientes:
1. Maltrato Físico: Golpes, empujones, patadas, codazos, agresiones con objetos, escupir,
encerrar a la víctima, etc.
2. Maltrato Verbal: Insultos, apodos, resaltar defectos físicos, agredir verbalmente para
desestabilizar y ridiculizar a la víctima y ponerse por encima de ella.
3. Exclusión Social: Ignorar a la víctima, excluirla o aislarla del grupo, no permitiéndole participar
en las actividades ordinarias del grupo o del curso.
4. Mixto: Reúne el maltrato físico con el verbal, buscando intimidar, obligar a la víctima a hacer
cosas por medio de chantajes.
5. Maltrato Psicológico: Manipular a la víctima emocionalmente, haciéndose pasar por su
amigo, chantajeándola, jugando con sus debilidades, etc.
6. Bullying Sexual: Utiliza el contenido sexual para ejercer el maltrato, por ejemplo, difundiendo
rumores sobre las prácticas sexuales de la víctima, intentando contactos físicos no deseados,
ridiculizando atributos sexuales, demandando verbalmente servicios sexuales, mostrando o
señalando alguna parte del cuerpo, etc.
7. Bullying por Necesidades Educativas Especiales: Se presenta cuando hay estudiantes que
tienen necesidades educativas especiales que difieren del promedio del grupo, ya sea por
estar por encima de este o por debajo del mismo. También en contra de quienes tienen alguna
condición cognitiva, emocional o discapacidad diferente a la del común de los estudiantes. Se
utilizan las diferencias para ridiculizar a la víctima buscando establecer superioridad sobre
ella.
8. Bullying on Line, Ciber-bullying o E-bullying: Uso de las redes sociales y demás herramientas
tecnológicas para agredir, discriminar, ridiculizar y someter a la víctima. Busca deteriorar la
reputación de alguien.
Parágrafo: En las situaciones de acoso escolar o intimidación, pueden presentarse algunas de
estas conductas o todas. Lo que marca la diferencia entre ser una conducta disruptiva y ser una
conducta intimidatoria, es la repetición de dichas conductas y el uso de estas para detentar poder
o someter a la víctima.
Conductas Delictuales. Son comportamientos que la normatividad legal vigente -el Código Penal-
ha tipificado como conductas antijurídicas, dolosas, imputables a una persona, sancionadas por
el Estado, por atentar contra los bienes que el legislador ha decidido proteger. Los más comunes
en el contexto escolar son las siguientes: