Page 39 - PACTO DE CONVIVENCIA 2024
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c.  Servir como instancia para la resolución de conflictos que se puedan presentar entre

                           los miembros de la Comunidad Educativa.
                       d.  Considerar  y  analizar  las  iniciativas  surgidas  de  los  distintos  organismos  de
                           participación escolar, dándole el trámite que ellas ameriten.
                       e.  Demostrar  actitudes  y  practicar  valores  con  autenticidad  y  en  congruencia  con  la
                           filosofía del colegio.
                       f.  Guardar absoluto respeto a la dignidad personal, a las creencias y sentimientos de
                           todos los integrantes de la Comunidad Educativa.
                       g.  Orientar  y  motivar  a  las  personas  bajo  su  cargo  para  que  logren  un  máximo
                           rendimiento en los trabajos encomendados.
                       h.  Estudiar y aprobar las innovaciones educativas y programas especiales.
                       i.  Liderar y organizar todas las actividades necesarias para acompañar a las personas

                           hacia su Formación Integral.
                       j.  Impulsar,  fomentar  y  contribuir  a  mantener  un  ambiente  agradable  y  de  sana
                           convivencia entre todos los integrantes de la Comunidad Educativa.
                       k.  Dar información clara, precisa y oportuna acerca de las actividades, determinaciones,
                           planes y programas que se van a realizar.
                       l.  Fomentar el respeto y modelar el seguimiento del conducto regular.



                                                     QUINTA PARTE

               LOS CRITERIOS PARA LAS INTERACCIONES ENTRE EL PERSONAL DE EDUCADORES
               O DIRECTIVOS Y LOS ESTUDIANTES

               Criterios para las Interacciones del Personal de Educadores o Directivos de la Institución con los
               Estudiantes

               Criterio Fundamental. Ante todo, siempre prevalecerá el interés supremo y la protección de los
               derechos de los menores de edad y de los adolescentes, en cualquier situación en la que éstos
               puedan entrar en conflicto con los de los adultos o darse su vulneración. Sentido de la Labor
               Formativa. Los estudiantes son considerados la razón de ser de los procesos educativos y en tal
               sentido, todo educador, así como los demás integrantes de la comunidad educativa, tales como
               el personal directivo, administrativo, de apoyo y de servicios, procurarán siempre su formación y
               su proceso educativo, dentro de los principios y valores que la Institución ha definido como parte
               de su PEI.
               Criterios para las Relaciones entre Estudiantes y el Personal de la Institución Educativa por
               Razones Formativas.

               De acuerdo con la normatividad legal vigente y los principios y valores propios de la Institución,
               contenidos en el Proyecto Educativo, los criterios y principios que rigen las interacciones entre
               los estudiantes y los educadores, pero también con el personal directivo, administrativo y de
               servicios de la Institución, son los siguientes:

               1.  En  ninguna  circunstancia  se  avala  o  se  permite  la  relación  de  los  estudiantes  con  los
                   educadores,  el  personal  directivo,  administrativo,  de  apoyo  o  de  servicios,  por  medios
                   virtuales, incluidas las redes sociales, por motivos personales.
               2.  Toda comunicación entre un educador, administrativo o directivo con un estudiante deberá
                   hacerse por los conductos ordinarios establecidos y no por los correos, teléfonos celulares
                   personales o redes sociales.
               3.  Cuando  por  razones  académicas  o  de  convivencia,  algún  miembro  del  personal  de  la
                   Institución envíe una comunicación digital a un estudiante, deberá hacerlo con copia a sus
                   padres y a su superior inmediato.
               4.  Dada la relación  de asimetría que es propia de  los procesos educativos y  formativos con
                   menores de edad y adolescentes, no es adecuado establecer con ellos ningún tipo de relación
                   diferente a la académica, a la de convivencia y a la formativa, propias de la misión educativa
                   de la Institución.
               5.  En  todo  procedimiento  y  actuación  propia  de  las  funciones  como  directivos,  educadores,
                   personal administrativo, de apoyo o de servicios, prevalecerán los principios éticos y morales
                   consignados en el PEI y los demás documentos legales vigentes.
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