Page 93 - PACTO DE CONVIVENCIA 2024
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realizar un trabajo interdisciplinar; si los padres de familia no cumplen con lo pactado
                          el colegio puede dar por terminado de manera unilateral el contrato educativo.
                      g.  Si en la Comisión de evaluación se da a conocer estudiantes que tienen capacidades
                          extraordinarias  en  su  proceso  académico  también  deberán  ser  reportados  a  la
                          Coordinación académica y orientación para el acompañamiento adecuado.

               Informe de evaluación: Al terminar cada uno de los períodos del año escolar los padres de familia
               y/o acudientes, serán citados según programación para recibir informe escrito de evaluación el
               cual da cuenta de los avances de los estudiantes en su proceso académico y actitudinal en cada
               una  de  las  asignaturas;  se  establecerán    recomendaciones  y  estrategias  para  mejorar  el
               rendimiento.

                Criterios para la Promoción:

               - El  estudiante debe obtener como mínimo una valoración de desempeño Básico (3.9) en todas
               las asignaturas del Plan de estudios del Colegio.
               -  El  estudiante  que  al  finalizar  el  cuarto  período  escolar,  haya  obtenido  una  valoración  de
               desempeño bajo (inferior a 3.9) en máximo dos asignaturas, participará según cronograma de las
               actividades  de  nivelación  y  recuperación  anual.  El  estudiante  deberá  aprobar  estas  dos
               asignaturas mínimo  con un desempeño básico de (3.9)  de no alcanzarlos  se dará por reprobado
               el año escolar.
               - El estudiante que después de las nivelaciones y recuperaciones del segundo semestre (tercer y
               cuarto período)  repruebe una (1) o más asignaturas NO será promovido al siguiente año escolar.
               -  El  estudiante  que  acumule  el  25  %  de  inasistencias  sin  justificación  no  será  promovido  al
               siguiente año escolar.

               Promoción anticipada de grado estará determinada por los siguientes criterios:
               Dando cumplimiento al artículo 7 del decreto 1290, durante  el  primer  período  del  año  escolar,
               la comisión de evaluación presentará  al consejo  académico los nombres de los estudiantes que
               presentan  un  excepcional  rendimiento  académico  desde  el  año  inmediatamente  anterior
               obteniendo en todas las asignaturas desempeño superior (4.6) y demostrando que continúa con
               excelente desempeño en el curso que haya iniciado y  habiendo demostrado ser competente  para
               el  grado  que  está  cursando,  se  sugerirá  a  los  padres  de  familia  solicitar  por  escrito  a  la
               coordinación académica la   promoción anticipada de su hijo(a),  al siguiente grado.
               El consejo académico tendrá en cuenta para la promoción anticipada  los siguientes aspectos:

                   a.  Que  el  desarrollo  socio-afectivo  del  estudiante  facilite  el  proceso  de  adaptación  a  la
                      exigencia cognitiva y social del grado siguiente (madurez emocional).
                   b.  Que los padres de familia o acudientes del estudiante presente por escrito la aceptación
                      de la promoción anticipada, asumiendo los compromisos derivados de la misma.
                   c.  Que el Consejo directivo del colegio apruebe la promoción anticipada del estudiante, de
                      la cual debe quedar constancia en el acta de dicho consejo.
                   d.  Que todo este proceso se realice en no más de dos semanas después de terminado el
                      primer período escolar.
                   e.  Después de evidenciarse el cumplimiento de los requisitos, la promoción anticipada del
                      estudiante será comunicada  a través de una resolución rectoral.
                   f.  Los costos educativos que se aplicarán para el estudiante promovido serán los del grado
                      al cual sea promovido.
                   g.  Las valoraciones obtenidas en el primer periodo como definitivas en el grado que cursaba
                      y serán las del primer periodo del grado al que sea promovido.
                   h.  El estudiante promovido debe iniciar inmediatamente un proceso de nivelación orientado
                      por  la  coordinación  académica  a  través  de  talleres  y  sustentaciones  que  le  permitan
                      adaptarse a las condiciones y exigencias del nuevo grado.

                      PROMOCIÓN POSTERIOR

                      Cuando el en estudiante obtenga valoración menor desempeño bajo (3.89) en máximo
                      dos  asignaturas después de las nivelaciones y recuperaciones anuales, será matriculado
                      en el mismo grado, pero tendrá la oportunidad de ser promovido al grado siguiente, si
                      cumple con estas condiciones:
   88   89   90   91   92   93   94   95   96   97   98