Page 85 - PACTO DE CONVIVENCIA 2024
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los  estudiantes  o  para  cualquier  integrante  de  la  comunidad  educativa,  porque  no  se  ha
                   obrado con total diligencia.

               Parágrafo 1: La Institución no avala ninguna actividad de orden académico, cultural o deportivo
               que  los  profesores  o  el  personal  de  apoyo,  organice  y  programe,  dentro  o  fuera  de  ella,  si
               previamente  no  cuenta  con  la  autorización  del  jefe  inmediato  de  dicho  funcionario  y  no  ha
               seguido el procedimiento establecido para tales situaciones.

               Parágrafo 2:  En caso  de que se presente algún  caso fortuito por negligencia de parte de un
               educador, quien haya incumplido con los principios y criterios establecidos en este Artículo, él
               mismo se hace responsable jurídica y civilmente, por los perjuicios que su conducta negligente
               ocasione.

                Criterios para hacer efectivo el deber de cuidado de los estudiantes por parte de los estudiantes
               mismos. Para hacer efectivo el deber de cuidado que le asiste a la institución educativa, ella exige
               a los estudiantes observar los siguientes criterios y procedimientos:
               1.  Los estudiantes deben, siempre y en todo momento, observar estrictamente las indicaciones
                   que reciban de los educadores, el personal directivo, el personal administrativo o el personal
                   de apoyo, según sea el caso, para el desarrollo de las diferentes actividades académicas y
                   formativas, que la Institución programe para el normal desarrollo de la vida institucional.
               2.  La Institución cuenta con señalización de seguridad, rutas de evacuación, avisos con alertas
                   sobre los sitios que puedan incluir algún tipo de riesgo, entre otras muchas. Los estudiantes,
                   siempre deben acatar dichas disposiciones, evitando poner en riesgo su integridad o la de
                   cualquier miembro de la comunidad educativa, por no seguir las disposiciones definidas para
                   cada uno de los sitios o actividades organizadas por el Colegio.
               3.  Todos  sus  estudiantes  deben  contar  con  los  implementos  adecuados  y  requeridos  para
                   actividades que puedan  incluir algún tipo de riesgo como las prácticas de laboratorio, los
                   deportes,  las  actividades  al  aire  libre,  etc.  o  para  la  protección  personal  por  situaciones
                   extraordinarias como pandemias o cualquier otro tipo de enfermedades contagiosas que se
                   puedan  estar  presentando.  Es  responsabilidad  de  los  estudiantes,  portar  siempre  los
                   elementos de seguridad y de auto-protección definidos para cada situación específica.
               4.  Todos los estudiantes, dependiendo de su edad y momento de desarrollo, deben manifestar
                   a los educadores o directivos de la Institución, aquellas condiciones especiales de salud, físicas
                   o emocionales, que puedan condicionar su vida académica o formativa de alguna manera,
                   para que el personal de la Institución pueda prever cualquier inconveniente o atender  la
                   eventualidad que se pudiese presentar, por la existencia de dichas condiciones especiales.
               5.  Cuando  haya  una  salida  pedagógica,  cultural  o  deportiva  organizada  por  el  Colegio,  los
                   estudiantes siempre acatarán las orientaciones y disposiciones de los acompañantes a las
                   mismas,  evitando  asumir  conductas  osadas  o  peligrosas  que  puedan  poner  en  riesgo  su
                   integridad física o emocional.
               6.  La Institución no se hace responsable por actividades que los estudiantes puedan a mutuo
                   propio, planear, organizar y ejecutar, a nombre del Colegio, en donde se ponga en riesgo la
                   integridad física o emocional de quienes participan en ellas, así como el buen nombre de la
                   Institución. En caso de presentarse una situación de esta naturaleza, el estudiante y su familia,
                   asumirán las consecuencias a las que haya lugar, tanto en el orden interno del Colegio, como
                   en el externo.
               7.  En caso de una situación de emergencia, los estudiantes deben observar cuidadosamente las
                   instrucciones  y  orientaciones  de  los  brigadistas  y  de  los  educadores,  cumpliéndolas  sin
                   dilación, en el menor tiempo posible. En caso de conocer información sobre el lugar donde
                   haya estudiantes o personal de la Institución, informar al educador que se halle a cargo del
                   grupo al cual pertenezca el estudiante, para que se tomen las medidas del caso para proteger
                   su integridad.
               8.  En  caso  de  una  pandemia  o  una  situación  específica  de  salud  pública,  que  exija  el
                   cumplimiento de medidas especiales de auto-protección o de bio-seguridad, los estudiantes
                   siempre y en todo momento, deben cumplir cabalmente con las disposiciones especiales que
                   se  generen,  para  su  protección  integral,  obrando  con  total  diligencia,  acatando  las
                   disposiciones y orientaciones de los educadores e informando cualquier situación de riesgo,
                   a las autoridades escolares para su cuidado y protección.
               9.  La Institución no avala, ni promueve, ni permite cualquier tipo de práctica deportiva de alto
                   riesgo, o actividades culturales y recreativas en donde se atente contra la integridad física o
                   emocional de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa, o de cualquier otra
                   índole como la práctica de espiritismo, la práctica de parasicología, la práctica de fenómenos
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