Page 83 - PACTO DE CONVIVENCIA 2024
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e.  Si no es posible hablar con los padres, el estudiante será trasladado a una clínica u hospital
                      donde sea atendido inmediatamente por medio del seguro estudiantil (será acompañado
                      por un profesor o le enfermera)
                   f.  La enfermería hará un seguimiento del estado de salud de los estudiantes que asisten con
                      más frecuencia a la enfermería y se avisará a los padres de familia y/o acudientes.
                   g.  Para agilizar el proceso en caso de emergencia, la enfermera contará con las pólizas de
                      seguro de cada estudiante.



               4.2 Recomendaciones de la Enfermería:
                   a.  Si su hijo/a ha tenido síntomas de náuseas, diarrea o vómitos la noche anterior le pedimos
                      que no lo envíe al colegio.
                   b.  Los estudiantes deben quedarse en casa si han tenido fiebre durante las últimas 24 horas,
                      ya que esto indica que pueden tener una enfermedad viral o infecciosa.
                   c.  Los estudiantes que presenten síntomas de resfriado deberán usar tapabocas y evitar el
                      uso de bufandas.
                   d.  En el caso de que su hijo/a deba tomar algún medicamento mientras esté en el colegio,
                      puede traer la nota médica con la medicina a la enfermería, para que se la pueda dar
                      siguiendo las indicaciones.
                   e.  En  caso  de  enfermedades  contagiosas  como  varicela,  rubeola  o  sarampión  etc.,  les
                      rogamos  ponerse  en  contacto  con  la  enfermería  y  enviar  la  incapacidad  médica  y    el
                      diagnóstico  firmado  por  el  médico.  La  misma  recomendación  aplica  en  caso  de
                      enfermedades digestivas o resfriados con fiebre.
                   f.   Si ha cambiado su número de celular o fijo  deberá actualizarlos en la Secretaría General
                      del colegio para que pueda recibir oportunamente la información de aviso, en caso de
                      emergencia.
                   g.  Debido a que la señal a teléfonos móviles se complica en algunas ocasiones en el colegio,
                      es importante que  informe siempre un número fijo de emergencia (adicional al número
                      del celular) para  comunicarnos con usted en caso de que las redes móviles estén fallando.

                                                DÉCIMA TERCERA PARTE


                                        DEBER DE CUIDARNOS UNOS A OTROS

               Definición. Se entiende por deber de cuidado la obligación que tiene la institución educativa de
               proteger la integridad física, emocional y moral de los estudiantes que se hallan matriculados o
               en condición de asistentes en ella y que se materializa en: disponer de profesionales idóneos para
               la atención y formación de los estudiantes; tomar decisiones siempre teniendo como referencia
               el  cuidado  y  la  protección  de  los  menores  de  edad  y  de  los  adolescentes;  establecer
               procedimientos, procesos y acciones, en sus actuaciones ordinarias y extraordinarias, siempre
               conducentes a garantizar su integridad física, emocional y moral; y velar por el ejercicio idóneo,
               profesional y cuidadoso de todas las acciones y actividades formativas, que se emprendan en la
               institución, para que bajo ninguna circunstancia, pongan en riesgo la integridad de los menores
               de edad y de los adolescentes.

               El deber de cuidado que le asiste a la Institución es una responsabilidad que ella tiene en todo
               momento, tanto en la ejecución de las actividades ordinarias educativas, académicas, recreativas
               y deportivas, como en las extraordinarias, así como en las situaciones de emergencia, que se
               puedan presentar y a las cuales puedan estar expuestos los estudiantes.

               Parágrafo: La Institución crea las condiciones y define criterios y políticas para hacer efectivo el
               deber de cuidado que le asiste para con sus estudiantes, sin embargo, ello sólo será posible, si los
               estudiantes  mismos  y  sus  padres  de  familia  o  acudientes,  cumplen  de  igual  manera  con  las
               responsabilidades que les competen, siguen  los  procedimientos y  las políticas establecidas, y
               aplican en todo momento, los criterios y principios que ha se han formulado para hacerlo efectivo.
               En caso de no ser así, la Institución quedará eximida de cualquier responsabilidad a la que pueda
               verse abocada, por cualquier evento, puesto que el principio rector de la garantía del deber de
               cuidado del Colegio para con sus estudiantes, es obrar con total diligencia y responsabilidad en
               todo momento, siguiendo todo lo consignado en el presente Título y en el Pacto de Convivencia.

               Criterios para hacer efectivo el deber de cuidado de los estudiantes por parte de la institución
               educativa. Para hacer efectivo el deber de cuidado, la institución educativa tendrá los siguientes
               criterios y procedimientos:
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