Page 28 - PACTO DE CONVIVENCIA 2024
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Su rol principal es representar a los niños, niñas y jóvenes de su localidad ante entidades como el
Concejo de Bogotá, las Juntas Administradoras Locales y todas aquellas que inciden en desarrollo
de su vida como ciudadano para proponer, discutir y pronunciarse, sobre las problemáticas de su
localidad.
a. El cabildante será elegido el mismo día de elección de personero.
b. Será elegido para un periodo de un año escolar y no podrá ocupar
simultáneamente los cargos de personero, contralor ni representante ante el
Consejo Directivo.
34. De las cualidades para aspirar al cargo de cabildante estudiantil
a. Debe ser un estudiante de bachillerato que esté cursando grado décimo o undécimo
b. Tener disponibilidad de tiempo para cumplir con sus funciones.
c. Elaborar una propuesta de trabajo identificando problemáticas y posibles soluciones de
la localidad.
d. Haber cursado mínimo dos años en el colegio
e. Mantener en su proceso comportamental y académico un desempeño alto desde el año
anterior.
35. De las funciones del cabildante estudiantil
a. Representar a los niños, niñas y jóvenes de su localidad ante el Concejo de Bogotá y
juntas administradoras locales.
b. Postularse como candidato para pertenecer a la mesa estudiantil y mesa de Cabildantes
estudiantiles.
c. Promover espacios en su comunidad educativa para que conozcan sus derechos,
deberes, el cuidado y el fortalecimiento de su entorno, cultura de la transparencia, el
rechazo de la corrupción y el ejercicio del control social.
d. Velar el cumplimiento de los deberes y derechos estipulados en el Acuerdo 597 de 2015
36. Del contralor estudiantil
Su propósito es generar una cultura del cuidado en donde los estudiantes actúen como
defensores de los recursos colectivos.
El contralor será elegido el mismo día de elección de personero; será elegido para un
periodo de un año escolar.
37. De las cualidades para aspirar al cargo de contralor estudiantil
a. Cursar entre los grados décimo y undécimo
b. Presentar un plan de actividades
c. No ocupar simultáneamente los cargos de personero, ni representante ante el Consejo
Directivo.
d. Haber cursado mínimo dos años en el colegio.
e. Mantener en su proceso comportamental y académico un desempeño alto desde en el
año anterior.
38. De las funciones de contralor estudiantil
a. Contribuir en la creación de una cultura del control social, del cuidado, buen uso y
manejo de los recursos y bienes del colegio, a través de actividades formativas y/o lúdicas,
con el apoyo de la institución y de la Contraloría de Bogotá D.C.
b. Promover los derechos ciudadanos relacionados con los principios de participación
ciudadana y el ejercicio del control social en su institución, con el apoyo de la Contraloría
de Bogotá D.C.
c. Trabajar por la defensa del patrimonio ambiental de la ciudad.
d. Velar por el mejoramiento de la calidad de la educación.
e. Presentar a la Contraloría de Bogotá las denuncias relacionadas con las presuntas
irregularidades detectadas, en relación al uso de los recursos y bienes públicos de la
institución educativa a la que pertenecen.
39. De las votaciones para cabildante y contralor estudiantil.
a. Podrán votar todos los estudiantes desde grado tercero a grado undécimo.
b. El voto se llevará a cabo mediante voto electrónico en las mismas fechas y puestos de
votación designados para la jornada de elección de personero de los educandos y
representantes de Consejo Estudiantil.
c. En caso de ser mayoritario el voto en blanco se citará a nuevas elecciones
40. Consejo de Profesores:
Está integrado por el Rector, Coordinador Académico, los jefes de área y todos los docentes,
quienes en conjunto tienen la tarea de llevar adelante la misión educativa del colegio. El Consejo