Page 29 - PACTO DE CONVIVENCIA 2024
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de Profesores es un órgano colegiado, que favorece la reflexión sobre las orientaciones
metodológicas a seguir, la planificación y evaluación de los procesos.
41. Son funciones del Consejo de Profesores:
a. Participar en la elaboración del planteamiento y programación actividades del área
respectiva.
b. Programar y organizar las actividades de enseñanza-aprendizaje de las asignaturas a su
cargo, de acuerdo con los criterios establecidos en la programación a nivel del área.
c. Dirigir y orientar las actividades de los alumnos para lograr el desarrollo de su
personalidad y darles tratamiento y ejemplo formativo.
d. Participar en el desarrollo de actividades complementarias.
e. Controlar y evaluar la ejecución de las actividades del proceso de enseñanza-aprendizaje.
f. Aplicar oportunamente en unión con la Coordinación Académica, las estrategias
metodológicas a que dé lugar el análisis de resultados de la evaluación.
g. Presentar al Jefe de Área o a la Coordinación Académica, informe del rendimiento de los
alumnos a su cargo, al término de cada uno de los períodos de evaluación, certificando las
calificaciones con su firma.
h. Elaborar el material requerido para el desarrollo efectivo de las clases, como módulos,
unidades didácticas, talleres, foros, etc., material que pertenecerá a la institución
i. Participar en la administración de alumnos conforme lo determine el reglamento de la
institución y presentar los casos especiales a los Coordinadores, al Director de Grupo y
para su tratamiento a orientación consejería para su tratamiento.
j. Presentar periódicamente informe a la Coordinación Académica, sobre el desarrollo de las
actividades propias de su cargo.
k. Ejercer la dirección de grupo cuando le sea asignada.
l. Participar en los comités en que sea requerido.
m. Cumplir la jornada laboral y la asignación académica de acuerdo con las normas vigentes.
n. Cumplir los turnos de acompañamiento que le sean asignados.
o. Participar en los actos de comunidad y asistir a las reuniones convocadas por las Directivas
de la institución.
p. Atender a los padres de familia en presencia del estudiante de acuerdo con el horario
establecido en la institución.
q. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales
confiados a su cargo.
r. Registrar en el observador del estudiante aspectos positivos y/o comportamientos
inapropiados.
s. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su
cargo.
42. Funciones del director de grupo:
a. Diseñar y coordinar el proyecto de aula.
b. Realizar un acompañamiento permanente del grupo y de cada uno de los estudiantes,
estimulando su proceso de desarrollo integral.
c. Verificar a diario el adecuado uso de la agenda escolar y comunicación asertiva
con los padres
d. Diligenciar y mantener actualizado el folio de datos del observador del estudiante.
e. Velar porque se de buen uso al observador del estudiante que debe reposar en la
coordinación de convivencia.
f. Propiciar en el grupo la comprensión y asimilación del Pacto de Convivencia.
g. Acoger e impulsar las propuestas dadas por la Coordinación de convivencia con el fin
de garantizar el aseo, orden y mantenimiento de los distintos ambientes escolares.
h. Realizar seguimiento permanente, de los estudiantes que tienen compromiso
académico actitudinal.
i. Responder por el buen estado del aula de clase y por los recursos que en éste se
encuentren.
j. Diligenciar y presentar en forma adecuada y oportuna los informes requeridos dentro
del proceso educativo.
k. Presentar a la comisión de evaluación un informe de su grupo y organizar los aportes
dados por los docentes, respecto a los alumnos.