Page 31 - PACTO DE CONVIVENCIA 2024
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La libertad está condicionada y limitada por las exigencias de la convivencia y el bien común, lo

               cual supone no interferir en la libertad y bienestar de los demás. La libertad debe ser responsable,
               es decir, genera la obligación tanto de no traspasar el derecho ajeno como el responder por las
               consecuencias de los actos. El estudiante Emilista, debe ser consciente del ejercicio de su libertad
               deberes y derechos. Entendemos por Derechos a la Norma que guía y orienta los actos humanos
               hacia  determinado  fin.  El  derecho  se  refiere  solo  aquellos  actos  del  ser  humano  que  son
               indispensables  para  la  convivencia,  es  decir,  para  el  desarrollo  armónico  de  los  intereses
               individuales y colectivos dentro de la vida social.

               1.     Derechos Éticos y morales de los estudiantes Emilistas:


                   a.  Ser comprendido y respetado por sus principios morales, familiares y religiosos, en tanto
                      estos no atenten contra las buenas costumbres y los principios acordados en el pacto de
                      convivencia y en la Constitución.
                   b.  Recibir una educación integral de acuerdo al Horizonte institucional.
                   c.  Ser escuchado por los diferentes estamentos escolares, (Profesores, Director de grupo,
                      Coordinaciones, Comité de Convivencia, Orientación, Rectoría, Consejo Directivo), cuando
                      lo solicite en forma cordial y respetuosa, siguiendo el conducto regular correspondiente
                      de acuerdo a las instancias. (Profesor de la asignatura, director de grupo, coordinaciones,
                      rectoría)

                   d.  Presentar  solicitudes,  peticiones  y/o  reclamos  respetuosos  de  forma  escrita  ante  las
                      instancias correspondientes, y obtener respuestas oportunas de la misma forma y en un
                      término no mayor a 10 días hábiles
                   e.  Conocer  las  anotaciones  o  registros  que  se  hacen  en  el  Observador  sobre  el
                      comportamiento o rendimiento académico y se le garantice el debido proceso en todos
                      los procedimientos de aplicación de sanciones.
                   f.  Participar democráticamente para elegir o ser elegido en el Gobierno Escolar, monitorias,
                      Consejo Estudiantil, Comité Ambiental etc.

                   g.  Integrar  el  gobierno  escolar  del  colegio  siempre  y  cuando  no  se  registren  procesos
                      convivenciales o académicos y acojan la filosofía Emilista.
                   h.  Postularse  atendiendo  al  Código  de  Infancia  y  Adolescencia  “Para  el  ejercicio  de  los
                      derechos y libertades consagradas en este pacto, los niños, niñas y adolescentes tienen
                      derecho  a  participar  en  las  actividades  que  se  realicen  en  la  familia,  las  instituciones
                      educativas,  las  asociaciones,  los  programas  estatales,  departamentales,  distritales,  y
                      municipales que sean de su interés”.
                   i.  Seguir  el  debido  proceso  en  toda  acción  educativa,  según  lo  contempla  el  Código  de
                      infancia y adolescencia en su Artículo 26: “Los niños y las niñas y adolescentes tienen
                      derecho a que se les apliquen las garantías del debido proceso en todas las actuaciones

                      administrativas  y  judiciales  en  que  se  encuentren  involucrados,  los  niños  o  niñas  y
                      adolescentes, tendrán derecho a ser escuchados y sus opiniones deberán ser tenidas en
                      cuenta”.
                   j.  Aportar pruebas pertinentes y conducentes al esclarecimiento de los hechos que se le
                      imputen, de conformidad con el Artículo 29 de la Constitución Política de Colombia.
                   k.  Demandar el Derecho a la educación, misión esencial que debe cumplir El Colegio, cuando
                      concurren dos derechos, prevalece el de mayor trascendencia y significación.
                   l.  Disponer de oportunidades, recursos y refuerzos para el desarrollo físico, moral espiritual
                      y social de acuerdo con los principios y normas del Colegio Monseñor Emilio de Brigard.

                   m.  Comunicar cualquier irregularidad que se presente en la Institución.
                   n.  Recibir a tiempo las comunicaciones que envíe el Colegio.
                   o.  Participar en las actividades extracurriculares y en los diferentes servicios que ofrece el
                      colegio.
                   p.  Conocer y recibir capacitación en los programas escolares de prevención de accidentes y
                      de emergencias escolares, tales como evacuación y primeros auxilios.
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