Page 24 - PACTO DE CONVIVENCIA 2024
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15. El Comité de admisiones:
Integrado por rectoría, coordinación académica, coordinación de convivencia y orientación
escolar.
16. Órganos estudiantiles
Uno de los compromisos más importantes en la formación ciudadana de los estudiantes es el
de generar espacios de participación, en los cuales puedan asumirse como líderes. De esta
manera, se preparan para ejercer como ciudadanos y líderes en la sociedad colombiana,
comprendiendo la complejidad de las interacciones humanas.
17. Personero estudiantil (Decreto 1860 /1994, art. 28):
El personero (a) es el encargado de promover el ejercicio de los deberes y los derechos de los
estudiantes consagrados en la constitución política, las leyes y el pacto de convivencia. El
personero debe ser un estudiante del último grado de la Institución, el cual debe llevar dentro de
la Institución por lo menos dos años.
18. Perfil que debe tener el candidato o candidata a la personería estudiantil:
a. Demostrar con sus actitudes la vivencia de los valores institucionales como: Honestidad,
Responsabilidad, Autodominio, Criticidad, liderazgo, responsabilidad académica y valores
espirituales.
b. Tener al menos dos años de permanecía en la institución.
c. Tener una excelente presentación personal.
d. Manejar y respetar el conducto regular en la solución de situaciones que lo ameriten.
e. Poseer capacidad de liderazgo positivo.
f. Ser reconocido por la comunidad educativa como una persona de rectitud de intención y
acción.
g. Ser persona confiable, responsable y comprometida con la comunidad educativa.
h. Tener Excelente rendimiento académico.
i. Tener sentido de pertenecía, compromiso y amor por la institución.
j. Capacidad de proyección a la comunidad educativa.
k. No haber sido sancionado disciplinariamente.
l. Porte adecuado de uniforme y excelente presentación personal dentro y fuera del colegio.
m. Puntualidad en la llegada al colegio y demás eventos de la institución.
n. Ser coherente entre el pensar y actuar.
o.
19. Funciones del personero o personera estudiantil:
a. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, utilizando los
medios de comunicación de la institución, la colaboración de los estudiantes y
organización de foros y otras formas de deliberación.
b. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presente el estudiantado sobre lesiones a sus
derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad.
c. Presentar ante la rectoría las solicitudes, a petición de quien considere necesarias para
proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.
d. Asistir a las reuniones convocadas por el comité de convivencia, personería de la localidad,
secretaría de educación, etc.
e. Cuando lo considere necesario, apelar ante el consejo directivo o el organismo que haga
sus veces, respecto a las peticiones presentadas por su intermedio, observando siempre
en su apelación, que con la objeción a la decisión, no se haya contravenido la legislación
aplicable y el pacto de convivencia.
f. Desarrollar el proyecto presentado para su campaña en rectoría.
g. Llevar por escrito un seguimiento de su labor y presentar un informe ante el Consejo
Estudiantil y ante el grupo de docentes encargados de liderar y vigilar el proyecto de
democracia de su ejercicio participativo finalizando cada periodo escolar donde
especifique como está llevando a cabo la ejecución de su gestión y los resultados de la
misma.