Page 23 - PACTO DE CONVIVENCIA 2024
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reproductivos, la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la
                      comunidad educativa.
                   c. Promover  la  vinculación  de  los  establecimientos  educativos  a  estrategias,  programas,
                      actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y
                      que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.
                   d. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que
                      afecten  la  convivencia  escolar,  por  solicitud  de  cualquiera  de  los  miembros  de  la
                      comunidad  educativa  o  de  oficio  cuando  se  estime  conveniente  en  procura  de  evitar
                      perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará
                      acompañado  por  el  padre,  madre  de  familia,  acudiente  o  un  compañero  del
                      establecimiento educativo.
                   e. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29
                      de la Ley 1620 de 2013, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar,
                      frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos
                      sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité, de acuerdo con lo
                      establecido en el pacto de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan
                      las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser
                      atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema
                      y de la Ruta.
                   f.  Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la
                      convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.
                   g. Hacer  seguimiento  al  cumplimiento  de  las  disposiciones  establecidas  en  el  pacto  de
                      convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura
                      del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la
                      Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los
                      casos o situaciones que haya conocido el comité.
                   h. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del
                      modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto
                      educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de
                      relacionarse en la construcción de la ciudadanía.

               13.    Comité Ambiental (Acuerdo N 166 de 2005).
               Es  el  órgano  asesor  en  materia  ambiental  del  gobierno  escolar,  en  el  marco  del  Proyecto
               Educativo  Institucional.  Será  organizado  a  través  de  sistema  de  selección  democrático,
               participativo y equitativo, garantizando el acceso voluntario de estudiantes, docentes y padres de

               familia.  Tendrán  calidad  de  vigías  ambientales  escolares  los  estudiantes  designados,  uno  por
               curso. Hará parte del comité ambiental escolar, el estudiante delegado por grado, escogido entre
               los vigías ambientales escolares.

               14.    Funciones del Comité Ambiental
                      a.  Asesorar al gobierno escolar, con el fin de fortalecer la dimensión ambiental al interior
                         de la institución.
                      b. Liderar  la  formulación,  implementación,  seguimiento  y  evaluación  del  Proyecto

                         Ambiental Escolar (PRAE)  y realizar la gestión necesaria para el desarrollo del mismo.
                      c.  Adelantar  proyectos  y  programas  que  apunten  a  la  preservación  y  mejoramiento
                         ambiental en el marco del PRAE.
                      d. Generar espacios pedagógicos educativos para crear y fortalecer valores ambientales,
                         sociales y culturales, así como fortalecer la importancia del cuidado y mejoramiento del
                         ambiente, de acuerdo con el calendario ambiental.
                      e. Promover el derecho a un ambiente sano en el marco del desarrollo de la cátedra de
                         derechos humanos.
                      f.  Promover  la  formulación  e  implementación  de  los  Planes  integrales  de  gestión
                         ambiental en las instituciones educativas.
                      g.  En el Colegio Monseñor Emilio  de Brigard, fomentar el  liderazgo por  la protección,

                         cuidado y mantenimiento del medio ambiente.
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