Page 9 - PACTO DE CONVIVENCIA 2024
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esté presente; siempre somos directos para tratar los conflictos, desavenencias o problemas,
                   directamente con los implicados; siempre buscamos lo positivo y  lo que acerca, más que
                   aquello que distancia o genera conflicto; y siempre pensamos bien de los demás.
               2.  Los problemas, conflictos y desavenencias que se presentan en el diario acontecer de la vida
                   escolar, se tratan directamente con los implicados y en un ambiente propositivo o de acción,
                   en búsqueda de soluciones.
               3.  No hacemos parte o participamos en grupos, chats, redes de comunicación o de cualquier
                   otro  tipo  de  espacios  o  interacciones,  generalmente  en  aplicaciones  de  mensajería
                   instantánea,  en  donde  se  difunden  rumores,  chismes,  comentarios  improcedentes  de  los
                   demás, o donde se ventila la vida privada de cualquiera de los integrantes de la comunidad
                   educativa, o donde se generan concepciones o afirmaciones que distan de la realidad y que
                   pueden contribuir a la desinformación.
               4.  Siempre que alguien pretenda vincularnos a un grupo de comunicación, para difundir rumores
                   o comentarios sobre “posibles problemas” o situaciones de la vida escolar, dentro y fuera de
                   la  Institución,  le  manifestamos  nuestro  desacuerdo  con  ello  y  lo  invitamos  a  tratar
                   directamente con los implicados, la situación de molestia o el “posible problema”.
               5.  No  transmitimos  o  circulamos  comentarios  o  informaciones  o  imágenes  sobre  los  demás
                   integrantes de la Institución, que no contribuyan a construir un buen ambiente educativo,
                   laboral,  formativo  o  de  cualquier  otra  índole,  que  haga  más  efectiva  nuestra  labor
                   institucional.
               6.  No hacemos parte de ningún tipo de grupo, red o chat que se organice “al margen” de los
                   canales habituales y ordinarios de comunicación de la Institución, de tal manera que aquellos
                   que disocian, denigran o generan mal ambiente, no tienen cabida en ella.
               7.  Queremos preservar los derechos constitucionales de todos los integrantes de la comunidad
                   educativa, por ello, respetamos y no participamos de grupos, chats o redes de comunicación,
                   que atenten contra la dignidad de las personas o su intimidad y el buen nombre, o contra su
                   honra, o contra cualquiera de los demás derechos que todos tienen como ciudadanos.
               8.  No generamos o propiciamos “grupos de presión” porque los canales de comunicación del
                   Colegio son directos y efectivos pero, sobre todo, porque cada situación es única, y por lo
                   mismo, requiere una atención directa, específica y ajustada a sus particularidades.

               Parágrafo 1. Si  los padres de familia  o cualquier otro integrante de  la comunidad educativa,
               implementan procedimientos que contradigan los criterios y procedimientos establecidos en el
               presente Pacto de Convivencia, para la comunicación, sin perjuicio de las medidas internas que
               se hallan incluidas en el presente Pato, los directivos del Colegio pondrán en conocimiento de las
               autoridades competentes, dichas situaciones.

               Parágrafo 2. Quien incumpla los criterios y procedimientos establecidos en el presente Pacto de
               Convivencia  sobre  los  criterios  y  procedimientos  para  la  comunicación,  deberá  hacerse
               responsable por dichos comportamientos y asumir las consecuencias a las que haya lugar, puesto
               que el Colegio actúa siempre y en todo momento, con total diligencia para la protección integral
               de la información personal, de todos y cada uno de los integrantes de la comunidad educativa.



                                         PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

               Definición.  La  protección  de  datos  personales  es  una  política  institucional,  acorde  con  la
               normatividad legal vigente, dispuesta por la entidad, con el fin de garantizar que los titulares de
               los datos que ella recaba para el ejercicio de su labor misional, se les salvaguarde sus derechos
               fundamentales, en especial el de hábeas data y el de la intimidad, así como los demás que sean
               conexos con ellos.

               Obligatoriedad de la Observación de los Criterios y la Política Institucional.
               La protección de datos personales no es una opción que libremente puedan elegir los padres de
               familia, los estudiantes, los educadores, los directivos, los contratistas o cualquier otro estamento
               o  persona  vinculada  al  Colegio.  La  misma  obedece  las  disposiciones  de  las  autoridades
               competentes y a la normatividad legal vigente sobre el particular. Por tanto, todos los integrantes
               de la comunidad educativa deben cumplir con las normas, criterios, procedimientos y Política,
               con la cual el Colegio cuenta, para garantizar el cumplimiento del derecho a la intimidad y de
               hábeas data, de todos sus integrantes.

               Criterios para el Efectivo Tratamiento de Datos de los Titulares en el Colegio.
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