Page 10 - PACTO DE CONVIVENCIA 2024
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Los criterios definidos por el Colegio para garantizar la protección de datos personales son los
               siguientes:

               1.  El  Colegio  cuenta  con  una  Política  de  Tratamiento  de  Datos  Personales,  debidamente
                   adoptada, en la que se incluyen de manera detallada, todos los derechos de los titulares, los
                   deberes  del  responsable,  los  procedimientos  y  demás  acciones  encaminadas  a  garantizar
                   dicha protección, así como los demás aspectos propios de esta garantía.
               2.  La Política de Tratamiento de Datos Personales del Colegio se halla publicada en su página
                   web y es de fácil acceso, para que todos los titulares de los datos, así como también los
                   encargados del tratamiento, sepan cómo proceder, para garantizar los derechos de dichos
                   titulares.
               3.  Todos los integrantes de la comunidad educativa: estudiantes, padres de familia, egresados,
                   educadores, directivos, personal administrativo y de apoyo, visitantes, contratistas y demás
                   personas que entren en contacto con el Colegio, están obligados a cumplir cabalmente con
                   las  prescripciones  contenidas  en  la  Política  de  Tratamiento  de  Datos  Personales  de  la
                   Institución, para que se pueda garantizar los derechos de los titulares de los datos.
               4.  El Colegio cumple cabalmente con todas y cada una de las disposiciones de las autoridades
                   competentes, en especial las emanadas de la Delegatura de Protección de Datos Personales
                   de  la  Superintendencia  de  Industria  y  Comercio,  con  el  fin  de  orientar  y  reglamentar  la
                   aplicación de las normas, sobre el particular.
               5.  El  Colegio  es  especialmente  cuidadoso  cuando  deba  tratar  datos  privados  y  sensibles  de
                   cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa, y sólo  lo hará, en virtud de las
                   autorizaciones que las normas le confieren o en la salvaguarda de un derecho fundamental
                   superior.
               6.  El  Colegio  reconoce  y  asume  que  los  datos  personales  de  los  menores  de  edad  son
                   información  de  especial  cuidado,  en  tanto  que  son  datos  sensibles,  de  tal  manera,  que
                   siempre implementará las medidas de  protección de  dichos datos, así como también, les
                   exigirá  a  todos  quienes  accedan  a  ellos,  el  deber  de  cumplir  cabalmente  con  todas  las
                   prescripciones de las autoridades competentes y lo dispuesto en la Política de Tratamiento de
                   Datos Personales de la Institución, sobre el particular.
               7.  Los datos personales a los cuales accede el personal del Colegio sólo serán empleados por la
                   Institución, para la finalidad para la cual se ha solicitado la autorización de tratamiento de
                   estos.
               8.  El  Colegio  es  claramente  el  responsable  del  tratamiento  de  los  datos  personales  que
                   habitualmente recaba en virtud de su labor misional u objeto social. Ahora bien, en las labores
                   que  habitualmente  debe  llevar  a  cabo  para  el  logro  del  servicio  educativo  ofrecido,
                   eventualmente puede o debe, transmitir o transferir datos a otras entidades que llevan a cabo
                   labores  o  servicios  complementarios  a  la  labor  educativa  propia  del  Colegio.  En  dichas
                   actividades  o  procedimientos,  quienes  tratan  datos  personales,  pueden  actuar  como
                   responsables  o  encargados  de  los  mismos,  lo  que  evidentemente  impone  a  ellos,  una
                   responsabilidad sobre los mismos, acorde con la Política de Tratamiento de Datos Personales
                   de  la  Institución,  en  la  cual  se  hallan  claramente  especificados,  los  alcances,  límites  y
                   responsabilidades de éstos.

               Parágrafo 1: El incumplimiento de lo establecido en el presente Artículo, dependiendo de quien
               así actúe y del vínculo con la Institución Educativa, tendrá las consecuencias establecidas para
               faltas graves o muy graves, sin perjuicio de  las  demás decisiones que tomen  las  autoridades
               competentes sobre el particular.

               Parágrafo 2: Cuando se presenten incumplimientos por parte de los integrantes de la comunidad
               educativa de los criterios y procedimientos que se estipulan en el presente Artículo o en la Política
               de Tratamiento de Datos Personales de la Institución, ésta procederá a poner dicha situación en
               conocimiento de las autoridades competentes, conducente a que las mismas tomen las medidas
               a las que haya lugar, sin perjuicio de las acciones internas que se sigan para atender las misma.

                Procedimientos  para  el  Efectivo  Tratamiento  de  Datos  de  los  Titulares  en  el  Colegio.  Los
               procedimientos definidos por el Colegio para garantizar la protección de datos personales son los
               siguientes:
               1.  Siempre que sea necesario, se solicitará a los titulares de los datos, y en el caso de los menores
                   de edad, a sus padres, la autorización previa, expresa e informada, para el tratamiento de sus
                   datos, acorde con lo dispuesto en la Política del Colegio y en las normas sobre el tratamiento
                   de datos.
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