Page 11 - PACTO DE CONVIVENCIA 2024
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2. Cuando se trate de estudiantes que tengan 12 o más años, el Colegio solicitará el asentimiento
de dichos estudiantes para el tratamiento de datos, aunque prime la autorización de los
padres de familia, de lo cual se dejará constancia.
3. Los titulares de los datos podrán ejercer sus derechos ante el Colegio quien funge como
responsable del tratamiento de sus datos o ante el Oficial de Tratamiento de Datos de la
Entidad, siguiendo los procedimientos establecidos en la normatividad legal vigente sobre el
particular.
4. Todas las actividades que realiza el Colegio en relación con el tratamiento de datos obedecen
al cumplimiento de su labor misional, para lo cual los padres de familia, conceden una
autorización previa, expresa e informada al Colegio. Ahora bien, ello implica que sólo el
Colegio cuenta con dicha autorización y la misma tiene como finalidad el cumplimento de la
labor contratada con la entidad. Ello no autoriza a terceros, a los estudiantes, a los educadores
y directivos o a los padres de familia y visitantes, a cobijarse bajo dicha autorización, para
tratar datos de cualquier de los integrantes de la comunidad educativa, con otras finalidades.
5. Cuando los estudiantes, los padres de familia o los visitantes ocasionales al Colegio, capturen
imágenes de las actividades, eventos o acciones que se lleven a cabo en la Institución, deben
ser conscientes y saber que dichos datos, sólo son de uso personal y privado, y que en caso
de divulgarlos abiertamente, están infringiendo el derecho a la intimidad y el derecho de
hábeas data de los titulares, frente a lo cual, el Colegio no puede aceptar ninguna
responsabilidad, puesto que previamente informa de esto a dichas personas.
6. No es adecuado y ajustado a las normas vigentes sobre la protección de datos personales, la
grabación anónima o de incógnita de llamadas, reuniones o eventos, para posteriormente
usarlas en cualquier procedimiento que se lleve a cabo en la Institución. Por esta razón, el
Colegio, bajo ninguna circunstancia, acepta o avala este tipo de comportamientos o
conductas, puesto que las mismas pueden vulnerar los derechos de los titulares de los datos,
y en especial, de los menores de edad.
7. El Colegio siempre será diligente en el cuidado y la protección de los datos personales de
todos los titulares, cuya información recabe en virtud de su labor misional, así como también,
con todo lo estipulado en la Política de Tratamiento de Datos del Colegio, de tal manera, que
no se generen riesgos o situaciones en las cuales se vulneren los derechos de los titulares.
8. El Colegio incluye dentro del presente Pacto de Convivencia, los criterios y procedimientos
para las comunicaciones que la Institución lleva a cabo, con los padres de familia, los
acudientes y los estudiantes, razón por la cual, todo tipo de estrategia de comunicación o de
información que no cumpla con los criterios o procedimientos aquí establecidos, podría ser
objeto de investigaciones y sanciones, por parte de las autoridades competentes, puesto que
las mismas divulguen información o datos de menores de edad o de cualquier otro integrante
de la comunidad educativa, que atente contra sus derechos fundamentales.
9. Como parte de los procedimientos establecidos por el Colegio, para un adecuado tratamiento
de los datos personales de los titulares a los cuales la Entidad accede, se impone a todos
aquellos quienes entran en contacto con los datos personales de los titulares, la suscripción
de cláusulas de confidencialidad que garanticen la protección de los datos con los cuales ellos
entran en contacto, de tal manera que siempre, incluso después de terminada la relación
laboral o la vinculación con la Entidad, se mantengan los compromisos asumidos.
Parágrafo: Para cualquier aspecto adicional relacionado con el tratamiento de datos personales
de los titulares, se recomienda consultar la Política de Tratamiento de Datos Personales de la
Entidad, la cual se halla disponible en su página web, así como también, dirigirse directamente a
la persona con quien se está interactuando o al Oficial de Tratamiento de Datos del Colegio,
quienes están capacitados para atender cualquier inquietud sobre el particular.
FUNDAMENTOS PACTO DE CONVIVENCIA
1. Fundamentos conceptuales: convivir significa vivir en compañía de otro u otros. La
convivencia por tanto, lleva intrínsecamente, nociones como respeto, solidaridad,
responsabilidad grupal y social, compromisos, valoración individual, ética, tolerancia. Es por
eso que en su conjunto, este Pacto de Convivencia recoge una serie de orientaciones que
buscan desarrollar una pedagogía de la convivencia, en donde las reglas y criterios, son ante
todo, parámetros para el crecimiento individual en el marco de una colectividad sana y
saludable. En cuanto el Pacto de Convivencia tiene como eje los derechos y obligaciones de
los estudiantes, tanto en los criterios para su reconocimiento, promoción y protección como