Page 6 - PACTO DE CONVIVENCIA 2024
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● Cuenta con formatos de comunicación como son solicitud de permisos, llamados de
atención, notas importantes y citaciones a los acudientes, los cuales deben ser
diligenciados en el momento que sea requerida.
● Debe traerla siempre a la institución ya que es un deber como estudiante.
● Diligenciarla efectivamente con las indicaciones requeridas de los diferentes estamentos
de la institución.
● Debe mantenerse en perfectas condiciones de orden y aseo ya que, cualquier estamento
de la institución puede requerirla y exigir su debido porte y presentación.
● No debe tener tachones, enmendaduras o sticker.
● Es deber del estudiante diligenciarla a diario y sus padres deben llevar el control.
Padres de familia:
● La agenda es el medio de comunicación entre el colegio y ustedes, sirve también de
seguimiento y control de los procesos académicos y formativos del estudiante. Por lo
tanto, es responsabilidad del padre de familia ejercer un control diario de ella, firmar las
observaciones que se realizan desde el colegio.
Docente:
● Es un instrumento pedagógico clave en el aula para el seguimiento individual de los
estudiantes, por lo tanto, su responsabilidad es hacer que la diligencien diariamente, se
realice la revisión y la utilicen en forma adecuada. Además, es importante supervisar que
● los estudiantes la mantengan en perfectas condiciones de presentación y aseo.
RESOLUCIÓN RECTORAL No.95
Por la cual se adopta el Pacto de Convivencia del Colegio Parroquial Monseñor Emilio de
Brigard.
EL RECTOR DEL COLEGIO PARROQUIAL MONSEÑOR EMILIO DE BRIGARD
En uso de las facultades legales y reglamentarias, conferidas en el decreto 1860 artículo
25, y atendiendo las recomendaciones, sugerencias por Comité de Convivencia y Consejo
Directivo
CONSIDERANDO
1. Que es importante establecer normas claras de comportamiento para que los diferentes
estamentos de la institución tengan una guía en la valoración de las interrelaciones
escolares.
2. Es necesario reconocer los derechos y deberes que corresponden a todos los integrantes
de la Comunidad Educativa, para velar por el cumplimiento de los mismos.
3. Que es importante la aplicación de las normas educativas establecidas por la
Constitución Nacional en los artículos 5, 41, 42, 43, 44, 45, 67, 68, 79; Ley 115 de 1994,
Ley General de Educación; Ley 1098 de 2006; Código de Infancia y Adolescencia; Decreto
1860 de 1994; reglamento de la Ley 115 en aspectos pedagógicos y organizativos;
Decreto 1290 de 2009; Evaluación del aprendizaje y promoción de estudiantes; Ley 1620
de 2013; Sistema Nacional de Convivencia Escolar: Decreto 1965 de 2013 que
reglamente la Ley 1620; Sentencia de la Corte Constitucional T-478 de 2015 que pide la
revisión de Pactos es de Convivencia para prevenir la discriminación por orientación
sexual e identidad de género en amiente escolares.
4. Que es justo estimular a quienes en sus relaciones asuman y practiquen los valores y las
conductas deseables de una sociedad fraterna; plantear todo tipo de actividades que
favorezcan la educación integral, el buen funcionamiento del plantel un clima de
armonía y de mejoramiento continuo.